Comienza una nueva etapa en prevención de lavado de dinero en México. A partir de la aprobación a la reforma de la LFPIORPI, el pasado 30 de junio, y con su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 17 de julio, entraron en vigor al día siguiente de su publicación nuevas obligaciones con efecto directo a todas las Actividades Vulnerables. En esta parte analizaremos una de ellas: la ampliación del plazo de resguardo de información.
De acuerdo con el documento aprobado, se modifica el periodo de conservación de toda la información, documentación y registros de operaciones que permiten reconstruir la operación en lo individual —antes de cinco años—, se extiende a diez años contando a partir de la fecha de la realización de la actividad vulnerable. Este cambio oficial responde a la necesidad de garantizar mayor efectividad en temas de investigaciones en casos de sospecha de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
La ampliación del plazo fortalece la efectividad de la recomendación 11 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), cuyo enfoque en la recomendación a sus países miembros exige que los sujetos obligados conserven registros precisos y actualizados, esto para facilitar investigaciones y análisis de operaciones sospechosas y procesos judiciales cuando se detectan indicios de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo, así como cooperación internacional.
Este cambio tiene un impacto directo sobre la gestión documental de los sujetos obligados, desde arrendadores, notarios, comerciantes de vehículos, joyeros, contadores, abogados, y demás sectores relacionados en la ley como Actividades Vulnerables. Por ley, todos deberán fortalecer sus sistemas de archivo físico o digital, asegurando integridad, disponibilidad y acceso a la información por un periodo no menor a 10 años.
Además de facilitar auditorías y revisiones regulatorias por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y otras autoridades, esta disposición busca incentivar una cultura de cumplimiento más robusta, en la que el registro, respaldo y conservación de la documentación no sea un mero trámite, sino una práctica esencial de gestión de riesgos.
En ALDDA reiteramos nuestro compromiso con mantener informada a la comunidad de cumplimiento y apoyar la correcta implementación de esta reforma histórica para el sistema antilavado en México. Es fundamental asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables a fin de evitar sanciones, responsabilidades penales o afectaciones en el ámbito laboral.