La reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) ya es oficial. Este miércoles 16 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación, marcando un cambio significativo para sujetos obligados en México.
Entre los ajustes más relevantes se encuentra la ampliación del periodo de resguardo y conservación de información —de cinco a diez años— así como el fortalecimiento de medidas para identificar al Beneficiario Controlador en todas las actividades vulnerables, lo que incrementa la trazabilidad de los recursos y permite detectar a los verdaderos titulares detrás de operaciones sospechosas.
Se refuerzan también las exigencias de cumplimiento, como la presentación obligatoria de Informes sin operaciones vulnerables e Informes con operaciones exentas (equiparada a los Avisos formales, con sanciones superiores al millón de pesos en caso de omisión). El Aviso de 24 horas también se vuelve mandatorio, estableciendo su obligatoriedad en caso de sospecha de operaciones ilícitas, incluso si no se concretan.
La reforma también introduce por primera vez la definición formal de Personas Políticamente Expuestas (PEP), establecido como la persona física que desempeña o ha desempeñado funciones públicas en territorio nacional o en un país extranjero, así como a las personas relacionadas con ellas. También obliga a los sujetos obligados a establecer políticas internas y herramientas tecnológicas para un seguimiento intensificado.
Otro de los cambios recae en el Enfoque Basado en Riesgo, entendido como la probabilidad de que Actividades Vulnerables puedan ser utilizadas en actividades ilegales y con las estructuras financieras de las organizaciones delictivas, al cual se suma el establecimiento de la obligación de implementar evaluaciones y monitoreos automatizados de operaciones, además de sistemas tecnológicos en tiempo real para detectar transacciones de alto riesgo.
Los sujetos obligados deberán actualizar sus manuales de políticas internas, ofrecer capacitación anual a todo su personal clave, y someterse a auditorías —internas o externas— conforme al nivel de riesgo de su operación.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), previa opinión del Servicio de Administración Tributaria deberá modificar las Reglas de Carácter General en un plazo de hasta doce meses contados a partir de la entrada en vigor de la reforma a la LFPIORPI. En consecuencia, algunas obligaciones comenzarán a aplicarse únicamente una vez que dichas reglas sean publicadas, y conforme a los plazos específicos que en ellas se establezcan. Entre los aspectos que quedarán sujetos a estas disposiciones en Reglas de Carácter General se encuentra:
- La implementación del Enfoque Basado en Riesgos
- La elaboración del Manual de Políticas Internas
- El desarrollo de Programas de Capacitación
- La adopción de Mecanismos Automatizados
- Monitoreo y seguimiento intensificado de Personas Políticamente Expuestas
- La realización de Auditorías internas o externas, conforme al nivel de riesgo
Nos mantendremos atentos a la publicación de las reglas para acompañarle en su cumplimiento oportuno.
Desde ALDDA, reiteramos nuestro compromiso con mantener informada a la comunidad de cumplimiento y apoyar la correcta implementación de esta reforma histórica para el sistema antilavado en México.