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Publican el calendario para la presentación de avisos de actividades vulnerables de 2024

Como parte de la estrategia nacional para la prevención de lavado de dinero, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) acaba de publicar el calendario para la presentación de avisos que tendrán que realizar todos negocios con actividades vulnerables. Porque es importante que conozcas esta información, aquí te compartimos los pormenores.

En el comunicado publicado el día de hoy, la SHCP dio a conocer la calendarización oficial para la presentación de avisos, informes en ceros e informes 27 Bis, tal como está estipulado en el artículo 25 de las Reglas de Carácter General de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).

De acuerdo al calendario, los avisos tendrán que realizarse el día 17 del mes correspondiente y, en caso de ser inhábil, se tomará el día hábil inmediato. Si bien existen prórrogas para la entrega de avisos, estas deberán ajustarse a lo establecido en la norma oficial.

Esta facilidad administrativa permite que se presenten con posterioridad al día marcado en el calendario. Es decir, por ejemplo, si tu RFC tiene en su sexto dígito el 1 o 2, lo que tendrías que presentar tu aviso el día 17, en realidad tienes hasta el día 18, en caso de que sea hábil, para presentarlo. 

Es importante comprender a conciencia la siguiente tabla, ya que establece claramente las fechas legales permitidas para completar estos trámites.

Sexto dígito de la clave del RFC

Día siguiente al 17

1 y 2

Primer día hábil siguiente

3 y 4

Segundo día hábil siguiente

5 y 6

Tercer día hábil siguiente

7 y 8

Cuarto día hábil siguiente

9 y 0

Quinto día hábil siguiente

Siguiendo los casos prácticos, aquel contribuyente cuyo RFC tenga 3 o 4 en el sexto dígito, igual tendría que presentar el día 17, pero, en caso de no presentarlo en esta fecha, tendrá que hacerlo el segundo día hábil siguiente. Así consecutivamente hasta llegar a los dígitos 9 y 0, que tendrán que hacerlo el quinto día hábil siguiente, en caso de no presentarlo el día 17.

Importante aclaración: en este último caso, tener dígito 9 y 0 en el RFC no implica que se ganan 5 días más después del día 17 para completar el aviso, sino que deben cumplir con las obligaciones exactamente el quinto día, sin posibilidad de prórroga. 

Como expertos en la materia, no sugerimos que se tomen estos días de prórroga, ya que, en muchos casos, una mala asesoría conlleva a una malinterpretación y errores que terminan por generar una multa por parte de la autoridad. La multa por omisión en la presentación de avisos es de 10,000 a 65,000 UMAS, equivalente $1,085,700 pesos a $7,057,050.

¿Necesitas apoyo profesional con tus avisos? No te preocupes, déjanos tus datos y en breve te contactará uno de nuestros expertos.